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Concejales analizarán la posibilidad de eximir del pago de la Tasa de Higiene a comerciantes afectados por la pandemia

Un proyecto de ordenanza propone reducciones del 100% y del 50%, dependiendo del rubro y a partir de diferentes períodos. La iniciativa será debatida en futuras reuniones de comisión.
Crespo16 de junio de 2021Estación Plus CrespoEstación Plus Crespo


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En la tarde de este miércoles, ingresó formalmente un proyecto de ordenanza que busca aliviar la presión fiscal municipal sobre aquellos que se han visto imposibilitados de desarrollar su actividad en forma normal o completa, atento a las disposiciones sanitarias dictadas con motivo de la Emergencia Nacional por Covid-19.

FM Estación Plus Crespo accedió al bosquejo normativa girado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante. La propuesta que recientemente tomó estado parlamentario, plantea que -de aprobarse-, se exima (en un 100%) del pago de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad a los contribuyentes del Régimen General y Simplificado, que se encuentren inscriptos en las siguientes actividades: 

* Servicios de salones de baile, discotecas y similares.

* Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares.

* Servicios gastronómicos, Disck-Jockey, fotografía, edición y reproducción de grabaciones y video en fiestas y eventos.

Para ello, la exención regiría desde el período abril de 2021 y mientras duren las restricciones dispuestas por el Gobierno Nacional para el ejercicio de esas actividades. De ocurrir una situación especial, el Ejecutivo Municipal podría fijar por Decreto la finalización de dicho beneficio.

Por otra parte, el proyecto propone reducir en un 50% el pago de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad a los contribuyentes del Régimen General y Simplificado, que se encuentren inscriptos en las siguientes actividades:  

* Servicios de restaurantes, cantinas, bares y confiterías.

* Expendio de helados.

* Servicios de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador.

De llegar a aprobarse, la exención regiría por el período mayo de 2021, facultándose al Ejecutivo Municipal a extender el beneficio mediante Decreto fundado, alcanzando otros períodos dentro del ejercicio fiscal 2021.

Si algún contribuyente de dichos rubros ya hubiese abonado la Tasa Municipal, se imputará el respectivo crédito fiscal al primer período inmediato siguiente que le corresponda tributar. De esta manera, los comerciantes o emprendedores no pierden el efecto que persigue el proyecto de ordenanza.

En ambos casos, el Departamento Ejecutivo tendría facultad para limitar temporalmente –durante el presente año fiscal- la vigencia de las medidas propuestas para el ámbito local, en función de las restricciones o habilitaciones que vaya disponiendo el Gobierno Nacional y Provincial, acorde a la evolución de la pandemia. 

Los beneficios fiscales se planificaron y propusieron en dos grandes grupos, atento que algunos presentaron "la imposibilidad absoluta de trabajo", mientras que otros prestadores o comerciantes presentaron "una reducción significativa de los horarios de funcionamiento para la atención".

El proyecto de ordenanza ingresó formalmente y será debatido por ambos bloques de concejales en futuras reuniones de comisión.

 

 

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