
Entre Ríos aplicará la pena máxima a conductores que se nieguen a hacerse el test de alcoholemia

La decisión se adoptó luego que desde la Policía de Entre Ríos se advirtiera a las autoridades del Poder Ejecutivo que son usuales los casos de conductores que se niegan a realizarse la prueba en los diversos operativos de control, especialmente en los Puestos Camineros.
Hasta el dictado de este nuevo Decreto, a quien se negara se le aplicaba una pena menor. Ahora se dispuso que la negativa sea considerada una presunción legal de alcoholemia positiva y se aplique la pena máxima.
“La reticencia a ser sometido al procedimiento para la detección de alcohol en sangre debe ser penada con una multa de 500 a 1000 UF, la retención preventiva de la licencia de conducir del presunto infractor, la inhabilitación para conducir por un plazo de uno a dos años y la retención del vehículo y su remoción de la vía pública, se indica en el decreto Nº 11773, con fecha 16 de julio y firmado por Frigerio y por el ministro de Seguridad, Néstor Roncaglia.
UF significa “unidades fijas” y su valor se calcula en función del precio de un litro de nafta.
“Si un conductor había tomado y lo agarraban en un control, le era más conveniente negarse al test. Eso es lo que se busca subsanar con este nuevo decreto”, se explicó a Análisis desde el Ministerio de Seguridad.
El nuevo Decreto es, en rigor, una modificación a uno anterior que reglamentó la Ley Nacional de Tránsito y la Ley Provincial de Adhesión.
“La negativa del supuesto infractor a someterse al control debe ser considerada como un accionar grave, por cuanto no solo constituye una desobediencia a la autoridad, sino que además es un peligro para la población toda, considerando la grave incidencia que tiene adjudicado el consumo de alcohol en los accidentes de tránsito”, se indica en los fundamentos.


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