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El Ejecutivo giró al Concejo Deliberante una propuesta legislativa que busca establecer una exención tributaria más, a quienes construyan en el Distrito Comercial Norte.
Crespo24 de febrero de 2025
Estación Plus Crespo
En la reciente sesión extraordinaria, ingresó un nuevo proyecto -al que tuvo acceso FM Estación Plus Crespo-, que propone anexar un beneficio económico más, a los que se encuentran vigentes desde el pasado 30 de septiembre de 2024, cuando se promulgaron importantes descuentos prolongados en Tasas y otros pagos municipales.
Se ajustan y aplican al sector comprendido por los límites: Ruta 12, acceso Pte. Alfonsín, Alemanes del Volga y hasta la extensión de dos matrículas inmuebles.
Allí, en octubre de 2024 quedó formalmente inaugurado el Centro Comercial a Cielo Abierto, la Expo Crespo Comercial Industrial Agropecuaria Artesanal y de Servicios, y el Centro de Artesanos y Emprendedores, todo lo cual está contenido en la zona determinada como "Distrito Comercial Norte".
Se proyecta eximir del pago a los propietarios de los inmuebles que edifiquen dentro de los 5 años de sancionada la ordenanza (ya sean titulares del terreno o compradores).
Como condición, se establece que una vez aprobado el plano de edificación, el propietario tendrá 2 años para construir el local comercial, bajo apercibimiento de perder el beneficio obtenido.
El Departamento Ejecutivo sostiene en el bosquejo legislativo, que oportunamente, "no se previeron beneficios para los titulares de los inmuebles que apuestan al desarrollo comercial de esta nueva zona (hoy despoblada). Que adquirir un terreno para luego construir y poner en funcionamiento un establecimiento comercial, implica
tiempo y una erogación bastante importante" y concluye la argumentación con que "resulta necesario impulsar el crecimiento comercial en esta nueva zona, otorgando un beneficio al titular del inmueble que construya, a los fines de contribuir al desarrollo de bienes y servicios".

En ocasión de rezonificarse ese sector de la ciudad, el Honorable Concejo Deliberante aprobó beneficios tributarios a propietarios e inquilinos de ese espacio, ya sean personas físicas (particulares) ó jurídicas (empresas, asociaciones). A través de la Ordenanza 83/24, se habían establecido las siguientes exenciones, que permanecen vigentes:
Se facultó al Ejecutivo a eximir de los siguientes tributos, a quienes se constituyan como propietarios de inmueble y sean titulares de la actividad comercial a desarrollar en dicha zona:
- Tasa General Inmobiliaria
- Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad
- Tasa por instalaciones electromecánicas
- Tasa por actuación administrativa
- Fondo de promoción de comunidad y turismo
Exención de los siguientes tributos a los titulares de la actividad comercial a desarrollar en la nueva zona:
- Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad
- Tasa por instalaciones electromecánicas
- Tasa por actuación administrativa
- Fondo de promoción de comunidad y turismo
El beneficio de exención se otorgará a partir de la fecha de la Habilitación Comercial Municipal y por el plazo
de 10 años, operando de la siguiente manera:
- Durante los 5 primeros años (desde otorgado el beneficio): 100% de exención
- En el sexto año: 80% de exención
- En el séptimo año: 70% de exención
- En el octavo año: 60% de exención
- En el noveno año: 30% de exención
- En el décimo año: 10% de exención

La nueva exención pasó "A Comisión", por lo que será analizada por los concejales de ambos bloques en futuras reuniones, previo a ser sometido el proyecto a votación.

Al menos dos personas judicializaron un amedrentamiento calificado. Una pronta llegada de la Policía crespense, descomprimió el ambiente de incidentes.

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