


Oficializaron el aumento de las jubilaciones, pensiones y asignaciones: cuáles son los nuevos valores de julio

Luego de que se confirmara que la inflación en mayo registró un alza de 1,5%, el Gobierno nacional oficializó el aumento en las jubilaciones, pensiones y asignaciones sociales, cuyas cifras se encuentran atadas a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC). En línea con esto, los montos fueron recalculados según el porcentaje informado por el Indec.
Pese a que la medida había sido adelantada por el Gobierno nacional, las actualizaciones se oficializaron esta madrugada en las resoluciones 251 y 252 publicadas en el Boletín Oficial. Bajo la aprobación del director ejecutivo de la ANSES, Fernando Bearzi, se determinó que los montos entrarán en vigencia a partir del 1° de julio de este año.
En el caso de las jubilaciones y pensiones, las autoridades establecieron que el mínimo a percibir pasará de $304.723,73 a $309.298,16. Asimismo, fijaron el máximo en $2.081.261,17. Ambas cifras cuentan con los ajustes mensuales que se registraron desde abril, cuando comenzó a regir la nueva fórmula de movilidad.
Además, en el tercer artículo de la resolución establecieron que “las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 -texto según Ley N° 26.222- en la suma de $ 104.170,43 y $ 3.385.490,05 respectivamente, a partir del período devengado julio de 2025“.
Respecto a la situación de los beneficiarios de la Prestación Básica Universal (PBU), la suma se incrementará a $141.488,25. Y para los inscriptos en el régimen de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), el monto ascenderá a un total de $247.435,83.
Asignaciones sociales: estos son los nuevos montos
Por otro lado, los valores que se aplicarán al pago de las asignaciones sociales fueron publicados en la resolución 252/25. Mientras que las titulares del programa por Maternidad percibirán el equivalente a su remuneración bruta, para los inscriptos por Nacimiento será de $64.778, siempre y cuando el ingreso por grupo familiar no supere los $4.556.714.
No obstante, los montos en el plan Prenatal variará, de acuerdo con los ingresos familiares. El máximo será de $55.574 para los que perciban hasta $860.486; el segundo grupo -con un ingreso máximo de hasta $1.261.988- recibirá $37.486; el tercero $22.672, si no supera los $1.457.010 en ingresos; y $11.696 para los que declaren un ingreso mensual de hasta $4.556.714.
Para aquellos sean beneficiarios del programa por Adopción, se estableció un monto fijo de $387.321, si estos no superan el piso máximo de ingresos definido por las autoridades. Al igual que por Matrimonio, se entregarán $96.996 a los titulares.
Por otro lado, los montos de la Asignación Universal por Hijo (AUH), según el nivel de ingresos familiares. El máximo se estableció en $55.574 para el grupo de menor ingresos, es decir, con un piso de hasta $860.486, mientras que los que perciban hasta $1.261.988 recibirán una ayuda social equivalente a $37.486.
Un tercer grupo que incluirá a las familias que tengan una entrada monetaria de entre $1.261.988 y $1.457.010 se verá beneficiado con el depósito de $22.672. Finalmente, los que posean un ingreso de hasta $4.556.714 solamente recibirían $11.696 mensualmente.
En el caso de que se tratara una Asignación Universal por Hijo (AUH) con discapacidad, se dispuso una diferenciación de tres escalones. El grupo de menor ingresos (hasta $860.486) recibirá $180.953, el de ingresos medios (hasta $1.261.988) percibirán $128.011, y al de altos ingresos (a partir de $1.261.988,01) se les depositará $80.792. Asimismo, la Ayuda Escolar Anual se fijó en $42.039.
De la misma manera, las autoridades recordaron que el incremento se trataba de una medida prevista por las modificaciones que se realizaron en la Ley N° 24.241 de Movilidad Jubilatoria, por medio de la publicación del decreto 274/2024.
En esa oportunidad, el presidente Javier Milei y el resto del Gabinete nacional habían acordado que la revisión de las prestaciones sociales fueran revisadas y oficializadas a partir del mes de julio. “La primera actualización con base en la movilidad dispuesta en el artículo 1° del presente se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024″, fijaron en el documento.
Infobae


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