
En Mendoza, los papás que no vacunen a sus hijos podrán ser multados y hasta arrestados
Una nueva resolución en la provincia de Mendoza endureció los controles sobre las familias “antivacunas”: los padres que se nieguen a cumplir con el calendario obligatorio tendrán un plazo de 30 días para regularizar la situación antes de ser denunciados y sancionados.
La normativa, publicada ayer en el Boletín Oficial y vigente desde su dictado, establece un protocolo para denunciar el incumplimiento del esquema de inmunización en menores y “personas incapaces”. La obligación recae sobre instituciones educativas, sanitarias y cualquier “funcionario público que tuviere conocimiento”.
Entre sus consideraciones, la norma firmada por el ministro Rodolfo Montero advierte una tendencia “minoritaria pero preocupante” a negar el consentimiento para la vacunación.
Con el nuevo protocolo, ante la negativa “expresa y por escrito” de los padres a que el menor reciba las vacunas obligatorias en la escuela, estos tendrán un plazo de 30 días corridos para cumplir con la aplicación. La aplicación deberá certificarse en el registro online del Sistema Provincial de Inmunizaciones.
Ante el incumplimiento, las autoridades deberán notificar al Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) y efectuar una denuncia ante la policía, autoridades municipales o judiciales. Fuera del ámbito escolar, el personal de salud también deberá comunicar cualquier negativa.
A su vez, el texto adelanta que la Dirección de Epidemiología, Calidad y Control de Gestión informará todos los meses a la Dirección General de Asuntos Jurídicos la nómina de denuncias realizadas, para analizar su avance y resultado.
“Será registrado a fin de advertir sobre posible reiteración de la conducta que ponga en riesgo al menor o incapaz y a la comunidad en la que habitualmente resida”, explica el documento.

Según el artículo 119 del Código Contravencional, la sanción por omitir las vacunas obligatorias consiste en multas que van de 200 a 800 Unidades Fijas (UF), equivalentes a entre 84.000 y 336.000 pesos (cada UF equivale a 420 pesos). Además, se contempla el arresto de cinco días o su equivalente en trabajo comunitario en centros asistenciales u hospitales públicos infantiles.
“Los efectores de salud (público o privado) y todo agente o funcionario público que tuvieren conocimiento de la vulneración del derecho a la vacunación de menores, deberán comunicar dicha circunstancia a la autoridad administrativa local. El que omitiere dicha comunicación será sancionado con el doble de lo previsto en el párrafo anterior”, indica el anterior artículo. En caso de reincidencia, se aumentará la sanción al triple en su mínimo y máximo.
Sobre los grupos que se niegan a inocular a sus hijos, la funcionaria señaló que “son muy pocos”, aunque reconoció la existencia de un sector reducido con “posiciones extremas”.
“Hay padres, sobre todo menores de 50 años, que tienen dudas porque nunca vieron enfermedades como polio, sarampión o rubéola congénita. Y, entonces, si no lo ven, creen que ya no existe. Es lógico pensarlo, pero es al revés. No lo ven porque la vacunación ha sido efectiva”, subrayó, en diálogo con Aconcagua Radio.
Según Aguilar, las familias suelen estar muy atentas durante el primer año de vida del bebé, pero a partir de los 15 meses —y especialmente cuando hay varios hijos— empieza un “relajamiento”.
“Al primer hijo lo traen a vacunar con toda la familia, al segundo viene solo la madre; al tercero, si viene, viene solo. Y cuando ya están en primaria, los recuperamos en los operativos escolares. Después, en la adolescencia, se creen invencibles y se ponen una antitetánica solo si se cortan o tienen un accidente”, lamentó.


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