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Condenan a una médica por cobrar plus ilegal a jubilados del Pami en Entre Ríos

La médica reconoció el delito y recibió una pena de prisión condicional. Los afiliados del PAMI fueron quieren realizaron la denuncia contra la profesional que atendía en una clinica
Policiales/Judiciales23 de septiembre de 2026

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El Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná, en composición unipersonal a cargo de la jueza Noemí Berros, condenó a la médica Jennifer Evelyn Heit a la pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional tras hallarla autora del delito de estafa en la modalidad de abuso de confianza.

La sentencia a la que accedió AHORA, homologó un acuerdo de juicio abreviado en el cual la profesional admitió haber cobrado sumas dinerarias indebidas a afiliados del PAMI por la confección de recetas y atenciones médicas en la localidad de Rosario del Tala.

Las actuaciones judiciales se iniciaron el 24 de septiembre de 2018 a partir de una investigación preliminar instruida por la Unidad Fiscal de Investigación de Delitos Cometidos en el Ámbito de PAMI (UFI-PAMI). La causa tuvo su origen en la denuncia telefónica realizada por la sobrina de una jubilada, quien alertó que en la “Clínica Central” de Rosario del Tala se exigían pagos en efectivo a los beneficiarios para acceder a recetas y consultas médicas.

Según quedó acreditado en el expediente, Heit se desempeñaba como médica de cabecera con una cápita de 694 afiliados asignados por la obra social estatal. Pese a que los contratos vigentes entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) y los prestadores garantizan la absoluta gratuidad de los servicios y prohíben de forma expresa el cobro de cualquier arancel, coseguro o “plus”, la profesional solicitaba pagos adicionales.

Entre los montos cobrados indebidamente a los adultos mayores se constataron confección de recetas por sumas que iniciaron en 15 pesos y luego aumentaron a 50 y 100 pesos por cada receta de medicamentos para enfermedades crónicas.

Las consultas médicas se cobraban 600 pesos por atención presencial y las prácticas médicas como estudios de mamografía 400 pesos, mientras que 500 pesos por electrocardiogramas.

Los montos debían ser abonados en la administración o a la secretaria de la clínica antes de recibir la prestación, sin que se entregara ningún tipo de comprobante o recibo por el dinero pagado. Varios testimonios incorporados a la causa indicaron que los jubilados omitían denunciar la situación por temor a perder la atención médica de cabecera en la zona.

En la misma investigación estuvo involucrado otro profesional de la clínica, Samuel Pablo Kozak Soltz, respecto de quien se dictó el sobreseimiento tras decretarse la extinción de la acción penal por fallecimiento en marzo de 2023.

El caso se resolvió mediante el procedimiento de juicio abreviado, presentado conjuntamente por el fiscal general José Ignacio Candioti y el defensor particular Mario Arcusin. Durante la audiencia formal realizada por videoconferencia, Heit reconoció de manera expresa y voluntaria la autoría y la responsabilidad penal del hecho imputado.

Si bien ahora reconoció que cobró para atender de forma ilegal, cuando declaró por primera vez, Heit aseveró: “Yo no recibí el dinero que se menciona. Si el hecho existió, lo recibió la secretaria, no yo. Nada más”.

En la fundamentación jurídica del fallo, la jueza Berros señaló que la conducta encuadra en el delito de estafa por abuso de confianza (artículo 172 del Código Penal argentino). La magistrada explicó que la imputada aprovechó la relación de fe y seguridad preexistente depositada por los jubilados en su médica de cabecera para inducirlos a un error y provocar una disposición patrimonial perjudicial.

La elevada formación universitaria de la acusada (médica) y su situación de empleo e ingresos estables, lo que incrementaba su deber de motivarse conforme a la ley. El quebrantamiento del Juramento Hipocrático (Declaración de Ginebra de la Asociación Médica Mundial), compromiso ético que prohíbe obtener lucros indebidos a expensas de la salud de los pacientes.

En contraposición, se valoraron como atenuantes la falta de antecedentes penales previos de la profesional y su edad al momento de los hechos.

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