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La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) implementó un nuevo Módulo Digital que permite gestionar, de manera ágil, simple y completamente online, tanto la actualización de la titularidad del Impuesto Inmobiliario como la vinculación temprana de quienes adquieren derechos sobre un inmueble.
Entre Ríos28 de noviembre de 2025
Con esta herramienta, quienes resultan titulares o adquirentes pueden acceder antes a su boleta y regularizar su situación fiscal de manera anticipada, aun cuando su proceso de inscripción se encuentre en curso.
Modernización del sistema tributario
Respecto a este avance, el director ejecutivo de ATER, Jesús Korell, señaló: "Esta simplificación y agilización de procesos es parte de la transformación el sistema tributario que impulsa el gobernador Rogelio Frigerio. Queremos un Estado eficiente y transparente, que acompaña y mejora la vida de las personas", argumentó el funcionario.
"Nuestro mensaje es claro: quien cumple, debe sentirse tranquilo y acompañado por ATER. Facilitar las responsabilidades fiscales de esta manera es reconocer y estimular el cumplimiento voluntario", concluyó Korell.
El contexto y la mejora
La medida resuelve una necesidad histórica: los compradores debían esperar que la transferencia de dominio se inscribiera en el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) para que ATER tomara conocimiento del nuevo titular.
Por este motivo, y dado que la formalización del cambio de propietario es una función exclusiva del RPI, el registro de la nueva titularidad en el padrón fiscal se producía con posterioridad a la transferencia efectiva del inmueble al comprador.
Esta circunstancia se daba porque la inscripción legal en el RPI podía extenderse durante meses o incluso años. En consecuencia, al regularizar su situación el contribuyente se encontraba con deudas acumuladas y la obligación de pagar multas e intereses por mora.
El nuevo módulo digital corrige esto al desvincular la obligación tributaria del Impuesto Inmobiliario de la finalización del trámite registral.
Este cambio se traduce en beneficios concretos para la ciudadanía:
Tiempos más cortos: el acceso a la boleta, que antes podía demorar debido a etapas documentales, ahora puede resolverse en aproximadamente 48 horas.
Ahorro y previsibilidad: quienes deben asumir la responsabilidad fiscal pueden hacerlo en tiempo y forma, evitando intereses o cargos por mora.
Beneficio para ambas partes: tanto adquirentes como transmitentes cuentan con una vía más ágil para que la situación fiscal se refleje correctamente en el padrón.
Accesibilidad total: el trámite es 100% digital, gratuito y disponible las 24 horas, todos los días del año.
Transparencia: el estado del trámite puede seguirse desde la plataforma, con notificaciones a través del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).
Cómo realizar el trámite: las dos opciones principales
El trámite se gestiona de manera completamente digital, accediendo a la sección de "Servicios de ATER" a través del portal de ARCA (www.arca.gob.ar) con CUIT y Clave Fiscal.
Si bien el usuario dispone de diferentes opciones, hay dos modalidades principales que responden a las consultas recurrentes de los ciudadanos:
Actualización definitiva de la titularidad del impuesto: aplicable cuando la documentación ya cuenta con inscripción registral. Requisito: escritura o instrumento inscripto con constancia registral (matrícula y fecha) o matrícula "visu".
Vinculación temprana mediante copia simple de escritura o instrumento equivalente: Pensada para quienes han adquirido derechos sobre el inmueble y necesitan asumir la obligación fiscal mientras se encuentra en curso la formalización registral. Requisito: copia simple del instrumento emitida por el escribano o profesional interviniente.
Importante: Para realizar la gestión, el contribuyente debe estar adherido previamente al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) y, una vez en el portal de ARCA, seleccionar la ruta Servicios de ATER - Servicios - Solicitud de Responsable de Partida, para completar allí los requisitos y datos que se indican.
Información y consultas
La información completa en relación a este nuevo procedimiento, que incluye un instructivo detallado y material audiovisual, está disponible en la web oficial de la Administradora Tributaria: https://www.ater.gob.ar/ater2/ResponsablePartida.asp
Además, hay un tutorial en el canal de YouTube de ATER que funciona como una guía paso a paso sobre el proceso: https://youtu.be/KaK9x8L9bk8?si=bP-dxqnDkSBVhuNc
Por otra parte, ATER mantiene abiertos sus diferentes canales de contacto para responder consultas de los contribuyentes en relación a este u otros temas tributarios:
Teléfono: 0810-888-2837, de lunes a viernes, de 8 a 13 hs.
Correo electrónico: [email protected].
Sitio web oficial: www.ater.gob.ar, disponible las 24 horas.
Atención presencial: En las oficinas y receptorías de ATER en toda la provincia.

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