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ATER habilitó un sistema que facilita la declaración de mejoras inmobiliarias

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) puso en vigencia un nuevo sistema para la Declaración Jurada (DDJJ) de mejoras inmobiliarias, que permite a los contribuyentes realizar el trámite de manera digital, gratuita y con un circuito más simple.
Entre Ríos23 de enero de 2026Estación Plus CrespoEstación Plus Crespo

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La iniciativa se enmarca en las políticas de modernización que impulsa el gobierno provincial y apunta a facilitar el cumplimiento voluntario, mejorar la calidad de la información y suprimir gestiones presenciales innecesarias.

Digitalización

La medida se instrumenta mediante la Resolución N° 17/25 de la Dirección de Catastro, que actualiza formularios e instructivos y ordena especificaciones para la carga y el tratamiento de la información declarada. A partir de estos avances, la DDJJ puede realizarse de manera 100% digital, una modalidad que se incorpora por primera vez para este trámite.  El esquema incorpora definiciones técnicas que buscan reducir diferencias en la carga, ordenar criterios y mejorar la consistencia de la información. Entre otros aspectos, se aprueba un listado único de materiales constructivos y se contemplan lineamientos para situaciones particulares, como inmuebles bajo régimen de Propiedad Horizontal.

El proceso paso a paso

El trámite se realiza a través de los servicios de ATER dentro del portal de ARCA, con CUIT y Clave Fiscal. Para completarlo, el contribuyente debe:

Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (requisito obligatorio para operar y recibir comunicaciones vinculadas al trámite).

Ingresar a Servicios ATER y seleccionar CATASTRO.

Elegir la opción "Declará tu mejora", completar los campos requeridos y generar la DDJJ.

Una vez finalizada la presentación, la mejora quedará registrada para su procesamiento y se verá reflejada en la próxima boleta del Impuesto Inmobiliario, en el apartado de metros construidos, de acuerdo con la incorporación de la información declarada.

Alcance del canal digital: cuándo corresponde y cuándo es presencial

El canal digital está habilitado específicamente para la incorporación de nuevas mejoras en terrenos registrados como baldíos, y también para la declaración de nuevas edificaciones en lotes que ya cuentan con construcciones previas. Es decir: está pensado para incorporar "lo nuevo" y actualizar la situación del inmueble cuando se agrega una mejora o una edificación adicional.

En cambio, cuando el trámite requiere modificar información ya existente - por ejemplo, ampliaciones que implican cambios sobre un polígono ya registrado - la gestión debe realizarse de manera presencial, ya que demanda una validación técnica específica según el procedimiento vigente.

En la web oficial de ATER está disponible toda la información vinculada a este nuevo procedimiento: https://www.ater.gob.ar/ater2/DeclaracionDeMejorasConstructivas.asp 

Regularizar a tiempo evita contingencias

ATER recordó que la declaración de toda mejora u obra en un inmueble es obligatoria. Cumplir con esta presentación en tiempo y forma permite mantener actualizados los datos del inmueble, y también evita contingencias posteriores vinculadas a mejoras no declaradas, que pueden derivar en sanciones o ajustes cuando se detectan inconsistencias en instancias de control.

En ese sentido, la obligación rige para toda la provincia: aun cuando una obra o mejora haya sido informada o tramitada ante un municipio, la declaración ante ATER es necesaria para la actualización de los datos a nivel provincial y para la correcta determinación del Impuesto Inmobiliario. El objetivo es que la información catastral y tributaria quede alineada con la situación real del inmueble.

Incorporación de metros cuadrados de oficio

En este marco, ATER también informó que en las próximas semanas avanzará con procesos de incorporación de metros cuadrados de oficio en construcciones identificadas mediante detección satelital, lo que podrá derivar en intimaciones cuando se observen inconsistencias entre lo registrado y lo detectado.

En ese escenario, se contemplan dos situaciones puntuales:

Si la obra está correctamente identificada, los nuevos metros se verán reflejados directamente en la boleta, sin necesidad de que el contribuyente realice trámites adicionales.

Si el contribuyente no está de acuerdo con lo detectado, podrá descargar el formulario y su anexo, completarlos y presentarlos en la Representación Territorial (RT) correspondiente a su jurisdicción. En la RT también podrán orientarlo y asistirlo para completar la documentación, si lo requiere.

Con este esquema, el organismo apunta a que el contribuyente tenga una vía simple para regularizar voluntariamente y, al mismo tiempo, un procedimiento ordenado para los casos en que la actualización surja de instancias de control.

Canales de contacto

Para realizar consultas o requerir mayor información respecto a estos avances, los contribuyentes cuentan con diferentes canales de atención a su disposición: 

Web oficial: www.ater.gob.ar

Correo electrónico: [email protected]

Teléfono: 0810-888-2837 (Servicio de Asistencia al Ciudadano), lunes a viernes, 8 a 13

Atención presencial: receptorías habilitadas en el territorio provincial

Información, instructivo y pasos a seguir: https://www.ater.gob.ar/ater2/DeclaracionDeMejorasConstructivas.asp

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